«FRANCIA NO PUEDE PROHIBIR LAS IMPORTACIONES DE UN COMPONENTE NO PSICOACTIVO DEL CANNABIS»

Fuente: www.redaccionmedica.com. EUROPA PRESS.

Abogado del TUE cree que Francia no puede prohibir las
importaciones de un componente no psicoactivo del cannabis

Un Abogado General del Tribunal del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TUE) ha señalado este jueves que Francia no puede prohibir la
importación desde otro Estado miembro del bloque de aceite de
cannabidiol, un componente del cannabis sin efectos psicotrópicos y
utilizado para la producción de cigarrillos electrónicos.
Así lo expone el letrado Evgeni Tanchev en sus recomendaciones para los
jueves el tribunal con sede en Luxemburgo que deben ahora responder a
las cuestiones prejudiciales planteadas la Justicia francesa.
El asunto involucra a los directivos de una sociedad francesa que
comercializa un cigarrillo electrónico denominado ‘Kanavape’, cuyo líquido
contiene cannabidiol (CBD), una molécula extraído del cáñamo y que no
tiene efectos psicotrópicos, a diferencia del tetrahidrocannabinol (THC),
que también se extrae de la misma planta.
Así, el tribunal francés preguntó al TUE si la normativa nacional, que limita
el cultivo, importación, exportación y utilización industrial y comercial del
cáñamo a sus fibras y granos respeta la legislación comunitaria en materia
de libre circulación de mercancías.
Las conclusiones del abogado –que la futura sentencia puede hacer suyas
o no– destaca que el Derecho de la UE se opone a que un Estado miembro
«prohíba la importación, desde otro Estado miembro, de aceite de
cannabidiol cuando este se extraiga de la planta de cáñamo entera, y no
únicamente de sus bras y semillas».
Tanchev remarca que, según las evidencias científicas disponibles, «no se
ha acreditado que el aceite de cannabidiol tenga efectos psicotrópicos».
Sin embargo, apunta que corresponde al juez francés «cerciorarse de que
no se ha identificado ningún riesgo relacionado, en particular, con los
efectos no psicotrópicos del cannabidiol, ni se ha realizado un análisis
científico exhaustivo al respecto».
Sin finalmente, concluye el letrado, se descubriera que existen «tal riesgo y
tal análisis», el tribunal francés debería estudiar la legalidad de adoptar
«una medida alternativa menos restrictiva de la libre circulación de
mercancías, como la fijación de un contenido máximo de cannabidiol».

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