¿SABES CUÁLES SON LAS TASAS MÁXIMAS PERMITIDAS PARA CONDUCIR?

junio 07, 2019

Fuente: www.abc.es.

La conducción con alcohol o drogas no solo está relacionado con una mayor accidentalidad, sino con una mayor mortalidad y lesiones más severas, según la DGT.

La Dirección General de Tráfico (DGT), ha puesto en marcha una nueva campaña de vigilancia y control de alcohol y drogas en carretera, cuyo principal objetivo es evitar que conductores que hayan ingerido alguna de estas sustancias circulen por la carretera. Durante esta semana los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) incrementarán los controles preventivos, pudiendo llegar a las 25.000 pruebas diarias que realizarán en cualquier carretera y a cualquier hora del día.

Según datos del Observatorio Europeo para la Seguridad Vial (ERSO), alrededor del 25% de todas las muertes en carretera en Europa están relacionadas con el alcohol, mientras que, aproximadamente, solo el 1% del total de kilómetros recorridos son conducidos por personas con 0,5 g / l de alcohol en la sangre o más.

Según Pilar del Real, jefa de área de Intervención Estratégica del Observatorio de Seguridad Vial de la DGT, «esta campaña nos permite intensificar no solo los controles, sino también los mensajes de prevención, con la idea de transmitir que cada uno de nosotros podemos actuar como agentes de cambio en nuestro entorno más próximo, y concienciar del peligro que supone conducir habiendo ingerido alcohol o drogas». «Por tanto, educación, concienciación y vigilancia son medidas esenciales para bajar el número de fallecidos en carretera», añade.

Y es que conducir habiendo ingerido alcohol o drogas tiene consecuencias fatales; en el mejor de los casos, con una sanción administrativa, pero en otros muchos con penas de cárcel. En 2017, según los datos de la Fiscalía de Seguridad Vial, el 62% de las condenas por delitos viales se debieron a conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas.

A estos castigos normativos hay que sumar el más importante y es que la vida de una persona que ha matado a otra/s en un accidente de tráfico por haber cometido la imprudencia de conducir habiendo ingerido alcohol o drogas no vuelve a ser la misma. La Ley de Seguridad vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. En este caso se está ante una infracción administrativa.

Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

Además, la reciente reforma del Código Penal establece que si, de forma imprudente, se cometen homicidio o lesiones graves y se ha cometido un delito contra la seguridad vial –como son los casos de conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas o a una velocidad excesiva-, o una infracción a la normativa administrativa de tráfico, ésta conducta pasará automáticamente a ser considerada imprudencia grave o menos grave, según los casos, con penas de cárcel de hasta 4 años.

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